Periodistas venezolanos alertan sobre censura del gobierno este 16 de julio

"La prohibición de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela (Conatel) a medios de comunicación audiovisuales sobre la transmisión de información de la consulta popular prevista para el 16 de julio es arbitraria e ilegal".

La Junta Directiva del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Distrito Capital, a través de un comunicado, se ha pronunciado ante la amenaza de Conatel de sancionar a los medios que den cobertura informativa este 16 de julio durante la jornada plebiscitaria convocada por la oposición en Venezuela. Y en este sentido, alerta al gremio periodístico, a la sociedad civil venezolana y a la comunidad internacional, sobre las últimas acciones que ejerce el gobierno contra el derecho a la libertad de expresión en Venezuela.

Condena el organismo enérgicamente las actuaciones de Conatel "porque constituyen censura previa, la cual es contraria al ejercicio de los derechos humanos, además de estar prohibida en el marco legal vigente. Exigimos, por tanto, al gobierno nacional respeto al marco jurídico vigente y exhortamos al ejecutivo a revisar las decisiones en contra de los ciudadanos y medios de comunicación para que se restablezcan las garantías plenas para el ejercicio de la libre expresión".

En el comunicado, los periodistas agremiados en el CNP del Distrito Capital, señalan que "El gobierno continúa con su política de censura contra la información. Es ya conocida la actuación de Conatel que, esta vez, ha girado instrucciones a las diversas estaciones de radio y televisión venezolanas, comunicándoles algunas prohibiciones relacionadas con la consulta popular convocada por distintos factores sociales y políticos para este domingo 16 de julio".

Consideran que esta actuación representa un nuevo atentado contra las libertades democráticas previstas en el ordenamiento jurídico venezolano y en la normativa internacional en materia de derecho a la libertad de expresión. Recuerdan, asimismo, que el artículo 57 de la Constitución garantiza que: "Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura".

Mención especial también merece el artículo 19 de la Carta Magna que establece que: “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen”.

"No utilizar el término consulta popular para la actividad del 16 de julio, prohibir a los periodistas fomentar la participación en el evento señalado y que los medios no publiquen las piezas propagandísticas previstas por la Mesa de la Unidad Democrática son parte de las órdenes impartidas a los medios por Conatel. La normativa internacional en materia de libertad de expresión, excluye totalmente la censura previa como posible restricción de los gobiernos" señalan.

A los organismos internacionales que velan por la aplicación de los acuerdos sobre libertad de expresión, piden que se aplique en Venezuela la Convención Americana sobre Derechos Humanos que, en su artículo 13 inciso 2, garantiza el ejercicio de la libertad de expresión: “No puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores”. Consideran que, entonces, el gobierno de Venezuela no puede pretender una prohibición absoluta de una información u opinión antes de ser difundida.

Piden también que se tomen las acciones necesarias para que se garantice en Venezuela la libertad de expresión e información consagrada como derecho en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en el artículo 19 establece: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirla, sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión”.